martes, 23 de marzo de 2021

PLAN ANUAL DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN PARA EL NIVEL SECUNDARIA

 PLAN ANUAL DEL ÁREA DE COMUNICACIÓN 2021



Estimado docente, puedes descargar el archivo de una propuesta terminada sobre el Plan Anual para el área de Comunicación en el nivel secundaria.


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David Rengifo Ortega. Profesor de Lengua y Literatura, Magister en Educación y especialista en comprensión lectora. 

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sábado, 20 de marzo de 2021

EL PROPÓSITO COMUNICATIVO DEL TEXTO

 PREPARACIÓN DOCENTE 2021

  • NOMBRAMIENTO DOCENTE 2021 Y CONTRATO 2022 - 2023
  • ASCENSO DE NIVEL 2021
  • ACCESO A CARGOS DIRECTIVOS 2021

EL PROPÓSITO COMUNICATIVO DEL AUTOR

¿QUÉ ES LA INTENCIÓN COMUNICATIVA DEL AUTOR?
La intención comunicativa es el propósito, la meta o finalidad que quiere conseguir por medio de su discurso, así como las motivaciones que lo impulsaron a escribir, a un emisor o autor de un texto o fragmento. 

El propósito del emisor varía de acuerdo al contexto en el que se enuncia su discurso, por lo tanto, se deben tener en cuenta ciertos factores, como quién es el emisor, a quién se dirige y en qué situación lo hace. 

La intención comunicativa responde a la pregunta ¿Qué pretende el emisor con su discurso? 

Para dar respuesta a esta pregunta debes seguir los siguientes pasos: 

PASO 1. Identificar el tipo de texto, a partir de rasgos y pistas que te proporciona le texto.

PASO 2. identificar el tema y la idea principal; es decir, preguntarnos: Tema ¿De qué trata el texto?, Idea principal ¿Qué se dice sobre el tema?

PASO 3. Determinar la acción que realiza el autor con su texto, para ello deberás identificar el verbo (infinitivo) que representa de mejor manera lo que el autor realiza con su discurso.

PASO 4. Construir el propósito comunicativo bajo la siguiente estructura:
VERBO INFINITIVO + TEMA Y/O IDEA PRINCIPAL

EXPLICACIÓN TEÓRICA Y DESARROLLO DE EJERCICIOS
REVISA EL VÍDEO DE LA CLASE AQUÍ 👇


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sábado, 6 de marzo de 2021

CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA EL ASCENSO DE ESCALA 2021

 


CRONOGRAMA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA EL ASCENSO DE ESCALA DE LOS DOCENTES DE EDUCACIÓN BÁSICA EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL, CORRESPONDIENTE AL 2021

El concurso para el ascenso de escala magisterial es una oportunidad para que los docentes de Educación Básica perteneciente a la Carrera Pública Magisterial (CPM) puedan crecer profesionalmente y mejorar su retribución económica en base a su propio mérito, a través de un proceso de evaluación que valora sus conocimientos pedagógicos y reconoce su trayectoria profesional.


DESCARGA EL CRONOGRAMA AQUÍ 👇

https://drive.google.com/file/d/11xsfXn3-CAtH6EVnB52ZC66ZjBmdIK1Q/view?usp=sharing

viernes, 5 de marzo de 2021

APRUEBAN EL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “DISPOSICIONES PARA LA ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN LECTOR EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA

 


Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para la organización e implementación del Plan Lector en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 062-2021-MINEDU 

Lima, 3 de marzo de 2021

VISTOS, el Expediente Nº 0148909-2020, el Informe Nº 01887-2020-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular y el Informe Nº 01493-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como propósito el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;

Que, según los literales b) y d) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, son atribuciones del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, cultura, deporte y recreación, y orientar el desarrollo del sistema educativo nacional, en concordancia con lo establecido por la citada ley, y establecer las coordinaciones que al efecto pudieran ser convenientes y necesarias;

Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 53 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el estudiante es el centro del proceso y del sistema educativo. Le corresponde, entre otros aspectos, contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación;

Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la citada Ley, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; 

Que, según el artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, el Ministerio de Educación establece las normas nacionales de evaluación, promoción, recuperación y nivelación pedagógica del estudiante, tomando en cuenta la diversidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2020-MINEDU se aprobó el “Proyecto Educativo Nacional – PEN al 2036: El reto de la ciudadanía plena” el cual define cuatro propósitos de la Educación que van a organizar la acción en materia educativa en el Perú entre el 2020 y 2036: 1) La vida ciudadana; 2) El bienestar socioemocional; 3) La inclusión y equidad; y 4) La productividad, prosperidad, investigación y sostenibilidad;

Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación 2016 – 2023 del Sector Educación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 252-2020-MINEDU, señala entre sus objetivos estratégicos sectoriales, incrementar la equidad y la calidad de los aprendizajes y del talento de los niños y adolescentes. Para ello, prioriza un conjunto de acciones estratégicas dentro de las cuales figura la relacionada con facilitar los procesos de aprendizaje de los alumnos dentro del aula, con énfasis en aquellos con bajo rendimiento académico (AE2). Asimismo, considera entre sus indicadores el porcentaje de estudiantes de segundo grado de primaria y secundaria con nivel satisfactorio en comprensión lectora;

Que, mediante el Oficio Nº 00934-2020-MINEDU/ VMGP-DIGEBR la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 01887-2020-MINEDU/ VMGP-DIGEBR, elaborado de forma conjunta por la Dirección de Educación Inicial, la Dirección de Educación Primaria y la Dirección de Educación Secundaria, a través del cual sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la organización e implementación del Plan Lector en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica” (en adelante, el proyecto de documento normativo);

Que, el proyecto de documento normativo tiene por objetivo establecer disposiciones para la organización e implementación del Plan Lector, el cual contribuye en la formación de la trayectoria lectora de los estudiantes en las Instituciones Educativas y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica, y en el desarrollo de competencias comunicativas para el ejercicio de su ciudadanía y su participación en la vida social;

Que, asimismo, sustenta la necesidad de derogar la “Directiva sobre Normas para la Organización y Aplicación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0386-2006-ED, y las “Normas Complementarias para la adecuada organización, aplicación y consolidación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular”, aprobadas con Resolución Viceministerial Nº 0014-2007- ED;

Que, el proyecto de documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Casa de la Literatura (CASLIT), Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS), Dirección de Educación Inicial (DEI), Dirección de Educación Primaria (DEP), Dirección de Educación Secundaria (DES), , Secretaría de Planificación Estratégica (SPE), Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica (OSEE), y de la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); en los aspectos que son de su competencia.

Que, a través del Informe Nº 01493-2020-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable al proyecto de documento normativo, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

 Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones para la organización e implementación del Plan Lector en las Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogar la “Directiva sobre Normas para la Organización y Aplicación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0386-2006- ED, y las “Normas Complementarias para la adecuada organización, aplicación y consolidación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular”, aprobadas con Resolución Viceministerial Nº 0014-2007-ED.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS 

Viceministra de Gestión Pedagógica

miércoles, 3 de marzo de 2021

DIRECTIVA Y ANEXOS PARA EL CONSURSO PÚBLICO PARA EL ASCENSO DE ESCALA MAGISTERIAL 2021

Documento Normativo “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial - Anexos

El concurso para el Ascenso de escala magisterial 2021 es una oportunidad para que los docentes de Educación Básica pertenecientes a la Carrera pública Magisterial (CPM) puedan acceder a posibilidades de crecimiento profesional y puedan mejorar su retribución económica sobre la base de su propio mérito, a través de un proceso de evaluación que valora sus conocimientos pedagógicos y reconoce su trayectoria profesional.

El concurso de Ascenso para los profesores de Educación Básica está regulado por la norma técnica plasmada en la siguiente Resolución Viceministerial N° 057-2021-MINEDU.


DESCARGA LA RESOLUCIÓN Y LOS ANEXOS AQUÍ 👇

https://drive.google.com/file/d/1GI9cmDKbgJd1crMPGvsmrADE0Ccp-PN7/view?usp=sharing

martes, 2 de marzo de 2021

APRUEBAN EL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “CONCURSO PÚBLICO PARA EL ASCENSO DE ESCALA DE LOS PROFESORES DE EDUCACIÓN BÁSICA EN LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL"


Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 057-2021-MINEDU 

Lima, 1 de marzo de 2021 

VISTOS, el Expediente N° 162059-2021, el Informe N° 00022-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, el Informe Nº 00141-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 00220-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, El Peruano / Martes 2 de marzo de 2021 NORMAS LEGALES 5 programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, formula los indicadores e instrumentos de evaluación, en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, el artículo 26 de la Ley N° 29944 establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto;

Que, asimismo, de conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la Ley N° 29944, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a las normas y especificaciones técnicas que se emitan;

Que, el artículo 28 de la Ley N° 29944 dispone que la evaluación para el ascenso tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;

Que, según lo señalado en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 29444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, la evaluación de ascenso tiene, entre sus objetivos, promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio N° 00092-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00022-2021-MINEDU/VMGPDIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, cuyo objeto es establecer los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del referido concurso público;

Que, conforme al citado informe, se advierte que el documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, de la Dirección de Formación Docente en Servicio, de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente y de la Dirección de Formación Inicial Docente;

Que, mediante Informe Nº 00141-2021-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable al documento normativo; en el marco de sus respectivas competencias;

Que, asimismo, con Informe Nº 00220-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; en el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus modificatorias; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar el cumplimiento del documento normativo aprobado por el artículo precedente a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación y a las instancias de gestión educativa descentralizada dependientes de los Gobiernos Regionales, en el marco de sus competencias.

Articulo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica.

lunes, 22 de febrero de 2021

CÓMO RESOLVER UN EXAMEN DE COMPRENSIÓN LECTORA

PREPARACIÓN DOCENTE 2021 

  • NOMBRAMIENTO DOCNETE 2021 Y CONTRATO 2022 - 2023
  • ASCENSO DE NIVEL 2021
  • ACCESO A CARGOS DIRECTIVO 2021


SESIÓN 1: ¿CÓMO DESARROLLAR UN EXAMEN DE COMPRENSIÓN LECTORA?

PASO 1: Leer y comprender las preguntas.
PASO 2: Analizar las alternativas.
PASO 3: Rastrear el tema en el texto.
PASO 4: Obtén la respuesta correcta.

EXPLICACIÓN TEÓRICA Y DESARROLLO DE EJERCICIOS
REVISA EL VÍDEO DE LA CLASE AQUÍ 👇


DOCENTE: DAVID RENGIFO
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sábado, 13 de febrero de 2021

LOS NIVELES DE COMPRENSIÓN LECTORA

 PREPARACIÓN DOCENTE 2021

  • NOMBRAMIENTO DOCENTE 2021 Y CONTRATO 2022 - 2023
  • ASCENSO DE NIVEL 2021
  • ACCESO A CARGOS DIRECTIVOS 2021

LOS NIVELES DE COMPRENSIÓN LECTORA

¿QUÉ ES LA COMPRENSIÓN LECTORA?

La comprensión lectora debe ser entendida como un proceso que implica la reconstrucción de significados por parte del lector, el cual mediante la ejecución de operaciones mentales, trata de darle sentido a los elementos que previamente le han servido para acceder al texto. 

En síntesis, la comprensión lectora es un proceso mediante el cual el lector no solo comprende, sino que también elabora un significado en su interacción personal con el texto.

En este proceso de comprensión que se realizan diferentes operaciones que pueden clasificarse en los siguientes niveles.

1. LECTURA EN NIVEL LITERAL:
Se centra en las ideas e información que están explícitamente expuestas en el texto, por reconocimiento o evocación de hechos. El reconocimiento puede ser: 
  • De detalle: identifica nombres, personajes, tiempo y lugar de un relato.
  • De ideas principales: la idea más importante de un párrafo o del relato.
  • De secuencias: identifica el orden de las acciones.
  • Por comparación: identifica caracteres, tiempos y lugares explícitos.
  • De causa o efecto: identifica razones explícitas de ciertos sucesos o acciones.
Realizamos entonces una lectura elemental: seguimos paso a paso el texto, lo situamos en determinada época, lugar, identificamos (en el caso de un cuento o una novela) personajes principales y secundarios; nos detenemos en el vocabulario, las expresiones metafóricas. 

2. LECTURA EN NIVEL INFERENCIAL:
Buscamos relaciones que van más allá de lo leído, explicamos el texto más ampliamente, agregando informaciones y experiencias anteriores, relacionando lo leído con nuestros saberes previos, formulando hipótesis y nuevas ideas. La meta del nivel inferencial será la elaboración de conclusiones. Este nivel de comprensión es muy poco practicado en la escuela, ya que requiere un considerable grado de abstracción por parte del lector. Favorece la relación con otros campos del saber y la integración de nuevos conocimientos en un todo. 

Este nivel puede incluir las siguientes operaciones: 
  • Inferir detalles adicionales, que según las conjeturas del lector, pudieron haberse incluido en el texto para hacerlo más informativo, interesante y convincente.
  • Inferir ideas principales, no incluidas explícitamente.
  • Inferir secuencias, sobre acciones que pudieron haber ocurrido si el texto hubiera terminado de otra manera.
  • Inferir relaciones de causa y efecto, realizando hipótesis sobre las motivaciones o caracteres y sus relaciones en el tiempo y el lugar. Se pueden hacer conjeturas sobre las causas que indujeron al autor a incluir ciertas ideas, palabras, caracterizaciones, acciones.
  • Predecir acontecimientos sobre la base de una lectura inconclusa, deliberadamente o no.
  • Interpretar un lenguaje figurativo, para inferir la significación literal de un texto.
3. LECTURA EN UN NIVEL CRÍTICO:
Emitimos juicios sobre el texto leído, lo aceptamos o rechazamos pero con fundamentos. La lectura crítica tiene un carácter evaluativo donde interviene la formación del lector, su criterio y conocimientos de lo leído. 

Los juicios toman en cuenta cualidades de exactitud, aceptabilidad, probabilidad. Los juicios pueden ser: 
  • De realidad o fantasía: según la experiencia del lector con las cosas que lo rodean o con los relatos o lecturas.
  • De adecuación y validez: compara lo que está escrito con otras fuentes de información.
  • De apropiación: requiere evaluación relativa en las diferentes partes, para asimilarlo.
  • De rechazo o aceptación: depende del código moral y del sistema de valores del lector. 
La formación de seres críticos es hoy una necesidad vital para la escuela y solo puede desarrollarse en un clima cordial y de libre expresión, en el cual los alumnos puedan argumentar sus opiniones con tranquilidad y respetando a su vez la de sus pares.


EXPLICACIÓN TEÓRICA Y DESARROLLO DE EJERCICIOS
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jueves, 28 de enero de 2021

¿CÓMO DIFERENCIAR EL TEMA, EL TÍTULO Y LA IDEA PRINCIPAL?

 PREPARACIÓN DOCENTE 2021

  • NOMBRAMIENTO DOCENTE 2021 Y CONTRATO 2022 - 2023
  • ASCENSO DE NIVEL 2021
  • ACCESO A CARGOS DIRECTIVOS 2021


TEMA, TÍTULO E IDEA PRINCIPAL

EL TEMA:
  • El tema es el asunto tratado en el texto de una manera global. Es decir, expresa con pocas palabras lo que el autor ha querido comunicar.
  • El tema responde a la pregunta ¿De qué trata el texto?
  • El tema es como el marco o fondo en torno a lo cual gira el texto.
  • El tema un sujeto, un sintagma nominal (no posee verbo)
EL TÍTULO:
  • El título es una frase nominal, vale decir, carente de verbo, que resulta más precisa, clara e inclusiva, en comparación con el tema y la idea principal.
  • El título, generalmente se determina formulándonos la siguiente pregunta ¿Qué idea precisa lo leído?
  • El título de un texto es una frase nominal que contiene de manera explícita a la idea principal. La idea principal de un texto puede expresarse a manera de título pero sin el verbo.
LA IDEA PRINCIPAL:
  • La idea principal de un texto es aquella que expone su contenido más importante; es la idea base de la cual se derivan o desprenden las demás ideas que conforman el texto.
  • La idea principal es una idea general, es decir, no entra en mayores análisis, ni formula ejemplos u otras especificaciones.
  • La idea principal es una oración, vale decir; vale decir, contiene un sujeto y un predicado.
  • La podemos determinar generalmente formulándonos la siguiente interrogante ¿Qué se dice sobre el tema?


EXPLICACIÓN TEÓRICA Y DESARROLLO DE EJERCICIOS
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viernes, 22 de enero de 2021

MÉTODO PARA LA COMPRENSIÓN LECTORA

 

LA LECTURA:

Es un proceso consciente en el que el lector interpreta y descifra, mediante la vista, el valor fónico de una serie de signos escritos, ya sea mentalmente (en silencio) o en voz alta (oral). Esta actividad está caracterizada por la traducción de símbolos o letras en palabras y frases dotadas de significado, una vez descifrado el símbolo se pasa a reproducirlo. La lectura es hacer posible la interpretación y comprensión de los materiales escritos, evaluarlos y usarlos para nuestras necesidades.

CLASES DE LECTURA:

  1. Lectura recreativa: Es aquella que se lleva a cabo en el tiempo libre y con la finalidad de distraerse. Principalmente son obras literarias las que prestan mejor para este tipo de lectura.
  2. Lectura informativa: Tiene como objetivo mantener al lector al día de lo que sucede en el mundo. Se emplean en periódicos, revistas o internet.
  3. Lectura de revisión: La finalidad es releer para corregir lo escrito o para repasar las ideas con la mira de dar un examen. Este tipo de lecturas se emplean para desarrollar trabajos de investigación, tareas domiciliarias, etc.
  4. Lectura de estudio: El objetivo de este tipo es dominar el tema de un texto especial es decir comprenderlo y dominarlo. 
MÉTODO PARA LA COMPRENSIÓN LECTORA
  • PASO 1: Prelectura. Lectura previa, de reconocimiento. Su finalidad no es aún entender la información, sino familiarizarnos con el tema y anticiparnos a las preguntas.
  • PASO 2: Lectura minuciosa. Lectura acuciosa y detallada. Nos permite asimilar la información en todos sus alcances. Comprende al análisis y a la síntesis.
  • PASO 3: Evaluación. Consiste en determinar el alcance e intención con que se formulan las preguntas para poder responder con certeza organizacional, así como la toma de decisiones.

sábado, 16 de enero de 2021

LA IDEA PRINCIPAL E IDEAS SECUNDARIAS

INFORMACIÓN TEÓRICA

Todo texto de formato continuo organiza sus ideas en párrafos, los que se conciben como unidades del texto. Cada párrafo contiene una idea principal que se expresa a través de una oración. Sin embargo, puede ocurrir que la oración principal deba ser inferida a partir de las ideas ya expresadas.

A partir de la idea principal de un párrafo se pude desprender información accesoria o complementaria, que profundiza a la idea principal. A estas informaciones relacionadas se les otorga el nombre de ideas secundarias.


¿QUÉ ES UNA IDEA PRINCIPAL?

Es la idea que provee la información fundamental sobre el tema del texto.

La idea principal provee la información básica que es una especie de síntesis del mensaje, brindando los aspectos más relevantes sobre él. Se trate de un discurso oral o un escrito, la idea principal estructura de manera lógica los conceptos sobre los que versa el tema en cuestión.

Características de la idea principal:

  • Es aquella idea que expresa la información más importante del texto, ya que sin ella el texto no tendría fundamento.
  • Ha de ser una oración completa y que, en cuanto a su contenido, ha de guardar estrecha relación con el tema.
  • Se trabaja preferentemente a nivel de párrafo.
  • Expone el contenido más importante, por lo que no se puede suprimir.
  • Posee autonomía, por lo que no depende de otras ideas.
  • Articula las oraciones de un párrafo.
  • A veces no se explica y se tiene que deducir.

¿Cómo identificar la idea principal en un texto?

La idea principal la podemos determinar, generalmente, formulándonos la siguiente interrogante:

¿Qué es lo más importante que el autor sostiene sobre el tema del texto?


LAS IDEA SECUNDARIAS

Las ideas secundarias expresan detalles complementarios que derivan de la idea principal con el objetivo de ampliarla, ejemplificarla y desarrollarla. Pero podrían ser suprimidas sin que por ello se modifique el sentido de lo expresado en el texto.

Características de la idea secundaria:

  • Son informaciones complementarias que expresan detalles o aspectos derivados de la idea principal.
  • A menudo, estas ideas sirven para ampliar, comentar, demostrar o ejemplificar a una idea principal.
  • A diferencia de la idea principal, las ideas secundarias tienen menor importancia y carecen de autonomía (dependen de la idea principal) por lo que se articulan a la idea principal.


VEAMOS UN EJEMPLO:

TEXTO 1
Las termitas, una especie de insectos, pueden causar daños a las estructuras hechas de madera. Estas criaturas minúsculas viven bajo la tierra y se abren paso hacia la madera, penetrando en árboles y casas viejas. Una vez infiltradas en su interior, las obraras comienzan a devorar la madera, y muchas veces ocurre que las termitas pasan inadvertidas hasta que el daño ya esta hecho.

1. ¿Qué es lo más importante que el autor dice de las termitas?

  • Las termitas, una especie de insectos, pueden causar daños a las estructuras hechas de madera.

2. ¿Cuáles son las ideas que se pueden suprimir?

  • Estas criaturas minúsculas viven bajo la tierra y se abren paso hacia la madera, penetrando en árboles y casas viejas.
  • Una vez infiltradas en su interior, las obreras comienzan a devorar la madera, y muchas veces ocurre que las termitas pasan inadvertidas hasta que el daño ya está hecho.
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David Rengifo Ortega, profesor de Lengua y Literatura. Magister en educación y especialista en comprensión lectora.

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viernes, 15 de enero de 2021

FORMAS DE PREGUNTAS SEGÚN LOS NIVELES DE COMPRENSIÓN LECTORA

QUÉ SON LOS NIVELES DE COMPRENSIÓN LECTORA

Son procesos mentales de la lectura, los cuales se van generando progresivamente, en la medida que el lector pueda hacer uso de sus saberes previos.

En el proceso de comprensión lectora se realizan diferentes operaciones que pueden clasificarse en los siguientes niveles:

COMPRENSIÓN LITERAL: En este nivel se recupera la información explícitamente planteada en el texto, y se la reorganiza mediante clasificaciones, resúmenes y síntesis.

COMPRENSIÓN INFERENCIAL: Este nivel permite, utilizando los datos explícitos en el texto, más las experiencias y la intuición, realizar conjeturas o hipótesis.

COMPRENSIÓN CRÍTICA: Se emiten juicios valorativos sobre las ideas vertidas en el texto, tanto de forma literal como inferencial.


DESCRIPCIÓN DE LAS FORMAS DE PREGUNTAS SEGÚN LOS NIVELES DE COMPRENSIÓN

A. TIPOS DE PREGUNTAS EN EL NIVEL LITERAL

  1. En el texto se afirma:
  2. Son ideas explícitas.
  3. Son ideas explícitas dadas en el texto.
  4. Literalmente, el texto plantea:
  5. Son ideas dadas que se afirman:

B. TIPOS DE PREGUNTAS EN EL NIVEL INFERENCIAL

  1. Respecto a las ideas del texto podemos afirmar:
  2. Se puede inferir de lo leído:
  3. A partir de lo leído se asume:
  4. Son ideas implícitas:
  5. Del texto se desprende:
  6. A partir de lo planteado en el texto se concluye:
  7. Del texto podemos deducir:
  8. Del texto podemos inducir:
  9. Tácitamente se entiende que:
  10. Se supone a partir de lo leído:
  11. Luego de leído el texto, se puede afirmar:
  12. Son ideas implícitas dadas en el texto:
  13. Del texto se deriva:
  14. A partir de lo planteado en el texto se infiere:
  15. Del texto se colige:
C. TIPOS DE PREGUNTAS EN EL NIVEL CRÍTICO
  1. Son características del texto leído:
  2. La moraleja del texto es:
  3. El autor, a través del texto pretende:
  4. Respecto al estilo del autor, son correctas:
  5. La enseñanza que podemos extraer del texto es:
  6. El estilo del autor se caracteriza por:
D. TIPOS DE PREGUNTAS QUE MIDEN LOS NIVELES LITERAL E INFERENCIAL
  1. Según el autor:
  2. Según el texto:
  3. Son ideas dadas en el texto:
  4. Son ideas contenidas en el texto.
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David Rengifo Ortega. Profesor de Lengua y Literatura, Magister en Educación y especialista en comprensión lectora. 

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viernes, 27 de noviembre de 2020

JAVIER HERAUD. LA MUERTE DE UN RÍO



Un año antes que la bala del imperialismo, encarnado en la figura del General Pérez Godoy le atravesara su joven pecho de 21 años; Javier Heraud había escrito a su madre desde Cuba, con ternura: 

"Recuerda tú, recuerden todos que mi cariño y amor crecerán siempre, que nada ni nadie nos podrá separar aunque estemos lejos, y que algún día nos reuniremos para cantar y llorar juntos, para abrazarnos y querernos más. Y que yo siempre seré el niño a quien tú tuviste en brazos aunque haya crecido por este medio que avanza y destroza los años, pero no los recuerdos".

Estas palabras están pensadas y escritas desde la distancia, desde la frustración por saber a su pueblo aplastado por un régimen ruin que lo veja y lo hace danzar en el lodo; pero también desde la flor de la esperanza, ese sentimiento que hace que el precoz poeta, el precoz socialista, al cual la sombra de la muerte empieza ya a rondarlo, a prepararlo para llevárselo; abrigue la esperanza de reunirse pronto en una nación libre, sin hambre, sin látigos, sin capataces, sin abusos. Pero estas acaso son las vísperas de su muerte, de su futuro ya marcado con sangre, de su futuro que ya no es futuro en carne viva, tan solo recuerdo en espacio, en agua, en letras. Sí, estas son las vísperas de su desintegración corporal y bilógica. Porque varios años antes, nadie lo hubiera imaginado, nadie hubiera podido imaginar que moriría solo "en el nacimiento de un nuevo río". Años antes, ni siquiera la muerte sabía que tenía que llevárselo. Entonces, la vida había sido su tutora, lo había acompañado el día que ganó el Primer Premio de Literatura al concluir sus estudios escolares, el día en que ganó el Primer Premio en el concurso "El poeta Joven del Perú" con su libro "El viaje", el día en que se matriculó para estudiar Derecho en la Universidad Mayor de San Marcos, obligado por su padre; el día en que se inscribió en las filas del Movimiento Social Progresista, pero también el día en que renunció a él; el día en que viajó a Cuba. Cuando se hace parte del ELN (Ejercito de Liberación Nacional del Perú) la vida le suelta la mano y se la toma la muerte como su nueva tutora, mostrándole ya el camino de la oscuridad. De la mano de la muerte se adjudica el seudónimo de "Rodrigo Machado"; viaja a la Paz - Bolivia y, ahí se amarra una cinta roja y blanca en la cabeza y avanza al Perú para liberar a su pueblo elegido de la opresión y la tiranía del imperialismo. No tiene una báculo que abre mares, pero sí un fusil que abre pechos y libera cuerpos. Pero los fusiles no tienen amo, no tiene ideología ni sentimientos. Un fusil igual al suyo le abre el pecho y lo libera de este mundo con su pólvora, en medio del Río Madre de Dios. Ahí muere el cuerpo el cuerpo de Heraud y nace su espíritu, el cual es imperecedero.


SOLO

En las montañas o le mar

sentirme solo, aire, viento,

árbol, cosecha estéril.

Sonrisa, rostro, cielo y

silencio, en el Sur, o en 

el Este, o en el nacimiento 

de un nuevo río.

Lluvia, viento, frío

y azota.

Costa, relámpago, esperanza,

en las montañas o en el

mar.

Solo, solo, 

sólo tu sola risa,

sólo mi solo espíritu,

solo

mi soledad

su

silencio.

Del Libro "El Río" (1960)

jueves, 5 de noviembre de 2020

EL PROPÓSITO COMUNICATIVO

¿QUÉ ES EL PROPÓSITO COMUNICATIVO?

Es la intención del emisor al producir un texto.

ALGUNOS RASGOS DEL PROPÓSITO COMUNICATIVO

  • El propósito comunicativo responde a la pregunta:

        ¿Qué pretende el emisor con su texto?

  • El propósito comunicativo determina el tipo de texto a usar.
  • El propósito del autor no siempre está ducho en el texto por lo tanto se debe inferir. 

¿CÓMO IDENTIFICAR EL PROPÓSITO COMUNICATIVO?

  • Para identificar el propósito comunicativo de un texto se recomienda seguir 3 pasos:


         1. Reconocer el tipo de texto.

        2. Identificar el tema e idea principal.

        3. Determinar el propósito comunicativo.


ESTRUCTURA DEL PROPÓSITO COMUNICATIVO

  • El propósito comunicativo por lo general adopta la siguiente fórmula.
            INFINITIVO + (TEMA) (IDEA PRINCIPAL)



VERBO INFINITIVO SEGÚN EL TIPO DE TEXTO


Puedes ver el vídeo de la explicación teórica y la práctica desarrollada aquí 👇

https://www.youtube.com/watch?v=T_TvJy8rAh8


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David Rengifo Ortega. Profesor de Lengua y Literatura, Magister en Educación y especialista en comprensión lectora. 

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